Monday, May 23, 2016

Decreto 29305 Especificar un fin social del contrato

Según el Decreto Supremo 29305, las Instituciones Públicas dependientes del Poder Ejecutivo, Fuerzas Armadas, Policía Nacional y Municipios de hasta ochenta mil habitantes, podrán suscribir contratos de Comodato con la Dircabi para utilizar prioritariamente los bienes muebles e inmuebles incautados, cuando estos beneficien a políticas de Estado inherentes a programas de seguridad y prevención social, educación, salud, creación de centros de rehabilitación, alfabetización y otros con fines sociales o públicos, por el lapso de un año calendario prorrogable según la necesidad de uso institucional cumpliendo los siguientes requisitos:

1. La Institución requirente deberá efectuar solicitud escrita fundamentando el fin social o público al que se destinará el uso del bien incautado.

2. Las instituciones beneficiadas con el uso de vehículos o naves cubrirán con sus recursos el pago de una Póliza de Seguro del 100% contra robo, hurto, daños a terceros y siniestros.

3. Presentar Seguro Obligatorio contra Accidentes de Tránsito (SOAT), en caso de vehículos.

4. Suscribir el contrato de comodato debidamente elevado a Escritura Pública ante Notario de Fe Pública.

5. Efectuar mantenimiento técnico permanente del bien, a cuyo efecto la Dircabi procederá a un control periódico.

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